La Audiencia Provincial de Tarragona ha desestimado el recurso presentado por los abogados de un conductor contra el que existe un procedimiento penal por la falsificación en documento oficial al conducir utilizando la tarjeta del tacógrafo de otro conductor. La decisión del tribunal de no aceptar las pretensiones del recurso reafirma la postura contra este tipo de delitos al considerarse que entre las modalidades de falsificación está el supuesto en el que la formación de un documento parezca provenir de un autor diferente del efectivo.
Los representantes legales de este chófer profesional alegaban que la utilización de la tarjeta del tacógrafo de otro conductor no supone una forma de manipulación o modificación de los datos. Además, los abogados argumentaron que los datos del tacógrafo son un documento privado, nunca oficial o público, por lo que este tipo de procedimientos no tiene relevancia del tipo penal. Ante esta línea de defensa, el recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Tarragona solicitaba el sobreseimiento y archivo de la causa.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Tarragona ha desestimado el recurso al entender que los argumentos de la defensa no son adecuados, asegurando que el procedimiento penal sigue adelante. Según la sentencia, la desestimación del recurso se basa en la Sentencia 94/2020 del 15 de enero del Tribunal Supremo, con la que se fijó un criterio definitivo de interpretación ante casos de estas características relacionados con la manipulación del tacógrafo y su final consideración de delito al existir una falta de autenticidad subjetiva al utilizar la tarjeta del tacógrafo de otro conductor.
En este aspecto, cabe recordar que el delito de falsedad documental se castiga con penas de entre seis mes y tres años de prisión, así como con multas económicas con duración de seis a doce meses. Además, este tipo de sentencias pueden incluir una pena de inhabilitación especial que impida el ejercicio de la profesión de transportista, así como de intermediario en la contratación de servicios de transporte o de gestor de transporte, ya que al pasar a tener antecedentes penales se puede perder el requisito de honorabilidad.