El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) han emitido una nota informativa conjunta sobre el transporte de residuos, en la que se detallan las obligaciones y requisitos que deben cumplir los transportistas profesionales en España. La normativa, actualizada en marzo de 2025, tiene como objetivo garantizar un transporte seguro y eficiente, tanto a nivel nacional como internacional, en conformidad con la legislación europea y estatal.
Entre las principales exigencias, los transportistas deben presentar una comunicación previa al inicio de su actividad en la comunidad autónoma correspondiente, donde recibirán un número de identificación medioambiental (NIMA). Asimismo, deben cumplir con la normativa sobre el transporte de mercancías peligrosas y garantizar que los residuos peligrosos estén correctamente envasados y etiquetados.
La documentación obligatoria incluye el Documento de Identificación (DI) para traslados nacionales y el Documento de Movimiento para traslados transfronterizos, los cuales deben estar disponibles en formato físico o electrónico durante el transporte. Además, los transportistas deben llevar un archivo cronológico de los residuos trasladados, que debe conservarse por un período mínimo de cinco años.
En el caso del transporte de residuos peligrosos, es obligatorio constituir una garantía financiera que cubra posibles daños a personas, bienes o el medio ambiente. Esta garantía se suma a las ya establecidas por la normativa de responsabilidad medioambiental.
La nota también resalta la importancia de un etiquetado adecuado de los residuos peligrosos, el cual debe contener información clara sobre el tipo de residuo, su peligrosidad y los datos del productor. Para el transporte por carretera, se aplican las disposiciones del Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).
Fuente: FROET