La Dirección General de Tráfico (DGT), a instancias del Gobierno de España, levantó gran parte de las restricciones al tránsito de camiones con motivo del Estado de Alarma derivado de la crisis del COVID-19. Una supresión de las prohibiciones al tráfico de vehículo de transporte de mercancías que seguirá en vigor durante todo este periodo de excepción. Esto significa que los camiones podrán circular sin restricción alguna durante los días festivos de la Semana Santa, a diferencia de otros años. Pese a esta circunstancia, la DGT aún mantiene varios desvíos de carácter obligatorio.
Pese a que la web de la DGT señala que el levantamiento de las restricciones al tráfico normal de camiones concluyó el pasado 28 de marzo, la realidad es que la información reflejada no se ha actualizado y la supresión de estas prohibiciones se mantienen activa con la renovación del Estado de Alarma, tal y como señala la Orden del Ministerio del Interior INT/262/2020. De esta forma, todos los vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA tienen permitida la circulación por todo el territorio nacional, incluido País Vasco y Cataluña tras la actuación común de sus Servicios de Tráfico.
En consecuencia, el mantenimiento de esta anulación de las restricciones también afecta al periodo de Semana Santa. De esta forma, los vehículos destinados al transporte de mercancías por carretera podrán circular sin impedimentos, con independencia de su peso y dimensiones, durante la Pascua. No obstante, la Orden Ministerial aplicada por el Estado de Alarma deja sin validez las restricciones establecidas a principio de año para estas fechas vacacionales con el fin de facilitar la labor esencial de los transportistas a la hora de garantizar el abastecimiento de la población.
En este aspecto, cabe recordar que durante todo el Estado de Alarma sí que se han mantenido los desvíos obligatorios en las carreteras nacionales N-232 y N-340, con la consecuente obligación para los camiones de circular por la autovía AP-68 en La Rioja y por la autovía AP-7 en Castellón. De igual forma, también se mantiene la obligatoriedad del uso de la conocida como Red RIMP y otras vías habilitadas por las autoridades para el transporte de mercancías peligrosas.