La Organización Internacional del Transporte por Carretera (IRU) ha emitido un comunicado para explicar de todas las claves y condicionantes de la nueva Ley de Diligencia Debida en la Cadena de Suministro de Alemania, reglamento conocido por sus siglas LkSG en el idioma local. Esta normativa entró en vigor el pasado 1 de enero y dibuja una serie de obligaciones de gran importancia a las empresas alemanas, así como de manera indirecta a algunos de sus socios extranjeros y, por ende, al transporte nacional e internacional.
En esencia, la ley LkSG obliga a las grandes compañías alemanas a justificar sus procesos para que se evalúen y conozcan los efectos negativos sobre sus trabajadores, la población y el medio ambiente de su producción, así como de la logística y transporte asociada a las relaciones con los clientes y todo el proceso de compra, entendiéndose este último punto como la cadena de suministro. Las empresas afectadas son las compañías alemanas de más de 3.000 empleados y a partir de 2.024 las compañías locales que superen los 1.000 empleados.
Aunque es cierto que la ley no afecta a las pymes y a los autónomos, base del transporte a nivel europeo, la ley contempla su aplicación indirecta a través de la transmisión contractual a los proveedores, entre las que se incluyen obligaciones derivadas de la Ley de la Cadena de Suministro. Esto afecta a los proveedores de servicios de transporte y logística, también se verán afectados por la nueva ley de manera indirecta, tanto si son compañías con sede en Alemania como si son extranjeras.
¿Y qué implica? Pues unos deberes de diligencia ampliados que obligan a hacer un análisis de riesgos, la adopción de medidas de seguimiento de los proveedores y terminación de la relación comercial sólo última ratio, una serie de deberes documentales y de información y el conocido como deber de diligencia y principio de proporcionalidad. La Oficina Federal de Economía y Control de las Exportaciones (BAFA) se encargará de vigilar el cumplimiento de este deber de diligencia, existiendo un régimen sancionador. El transporte deberá así prepararse para un mayor control del cumplimento de las obligaciones en materia de derechos humanos y del medio ambiente.