Si las leyes están para cumplirse, cual es la causa por la que a todos les sale gratis incumplir dos de ellas que afectan al transporte.
La ley del contrato de transporte que establece en 30 días desde la carga el plazo para el pago de los servicios, y la de morosidad que establece en un máximo indisponible de 60 días el pago para todas las transacciones económico comerciales.
Bien, si eso es así, que lo es, cual es la causa por la que el transporte debe sentirse satisfecho con que suba o baje la morosidad en sus plazos de cobro, cuyo plazo fluctúa entre los 80 y los 89 días de MEDIA.
Está claro que el transporte de mercancías por carretera no es el aéreo o el terrestre de viajeros, o el propio ferrocarril que todos cobran antes de montar en el vehículo e iniciar el servicio, ya lo sabemos.
Como tampoco es una empresa suministradora de luz, agua, teléfono, etc., pero de ahí a que sea el financiador de los desmanes que le quieren propinar quienes lo necesitan para llevar sus productos a sus clientes, media un abismo.
No debemos ni queremos pasar por alto el hecho de que además hay elementos sanguijuela que son determinantes para que esto ocurra, y que no son otros que los operadores logísticos, de transporte o agencias de transportes, como se les quiera llamar, e incluso los propios transportistas cuando ejercen de estos últimos, que llevan su deuda algunos a más de 150 días, porque de normal no les llega la sangre al cuello y necesitan el dinero de los demás para su propia financiación, por eso ocurre lo que ocurre.
Dicho lo anterior no nos cabe más que pedir que en España se aplique la ley, y que esta sea en relación directa con el derecho comprado europeo, sancionando directamente por la administración tan dada a ello, todos estos continuos y constantes incumplimientos de estas leyes, a fin de poner orden que buena falta hace.