El Pleno del Senado dará previsiblemente luz verde definitiva a una reforma del Código Penal que endurece las penas a los conductores imprudentes al volante que causen accidentes con muertos o heridos, de manera que se enfrentarán hasta a nueve años de cárcel si ocasionan varios fallecidos o hasta cuatro años de prisión si abandonan el lugar del siniestro, como así piden víctimas y ciclistas.
La iniciativa parte de una proposición de ley presentada por el PP en el Congreso de los Diputados en junio de 2017 a partir de la campaña ‘Por una ley justa’, abanderada por Anna González, que perdió a su marido tras ser atropellado por un camión mientras circulaba en bicicleta por el arcén y cuyo conductor se marchó del lugar de los hechos y se dio a la fuga, aunque luego fue detenido y posteriormente puesto en libertad. El camionero nunca llegó a cumplir condena porque el ciclista falleció en el acto y la ley no contempla esta situación como omisión de socorro.
El texto incluye como novedad la creación del delito de abandono del lugar del accidente, que estará penado con entre seis meses y cuatro años de prisión, y de uno a cuatro años sin conducir si el conductor huye tras causar un accidente mortal o con lesionados. Esa pena baja a de tres a seis meses de cárcel y de seis meses a dos años sin conducir si la fuga es fortuita.
«Lo que se quiere sancionar en este caso es la maldad intrínseca en el abandono de quien sabe que deja atrás a alguien que pudiera estar lesionado o incluso fallecido, la falta de solidaridad con las víctimas, penalmente relevante por la implicación directa en el accidente previo al abandono, y las legítimas expectativas de los peatones, ciclistas o conductores de cualquier vehículo a motor o ciclomotor, de ser atendidos en caso de accidente de tráfico»
Además, redefine los supuestos de imprudencia grave e imprudencia menos grave al volante. En el primero de ellos se incluye la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas o con exceso de velocidad y las penas podrían elevarse uno o dos grados más si el conductor causa la muerte o lesiona a varias personas, de manera que el máximo serían nueve años de cárcel si el número de fallecidos fuera «muy elevado».
Y se considera imprudencia menos grave si el juez estipula que el accidente se produjo por una infracción grave de las normas de tráfico. Los conductores que causen lesiones que requieran de tratamiento médico o quirúrgico serán castigados con una multa de tres a 12 meses.
PODEMOS DISCREPA
Una vez en el Senado, el texto ha vuelto a suscitar inicialmente un consenso mayoritario. La reforma del Código Penal superó esta pasada semana la fase de ponencia y comisión con el deseo mayoritario de los senadores de mantener el documento recibido del Congreso.
Solamente Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea ha presentado enmiendas, en concreto 10, que mantienen el hilo argumental del rechazo que mostró la formación morada en el Congreso.
Las enmiendas, van en la línea de que no crear el delito de abandono del lugar del accidente, sino que esos supuestos se juzguen por la vía administrativa, no la penal, además de proponer reformas de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, y la Ley de Contrato de Seguros para beneficiar a los accidentados frente a las aseguradoras.