La segunda orden publicada ayer en el BOE se refiere a los cursos de conducción segura y eficiente, los cuales tienen carácter voluntario y permiten a los conductores recuperar dos puntos de su saldo si los superan. Además, estos cursos sirven como una herramienta de actualización para aquellos conductores que, sin necesidad de recuperar puntos, deseen mejorar su conducción haciéndola más segura y eficiente.
Se han establecido dos tipos de cursos según el tipo de vehículo: uno dirigido a turismos y otro para motocicletas y ciclomotores. En este segundo grupo, existen dos modalidades en función del tipo de vía: cursos de conducción segura y eficiente en entornos urbanos y cursos específicos para carreteras convencionales.
Estos cursos podrán ser realizados por conductores que posean un permiso de conducción válido y en vigor que les habilite para los vehículos mencionados, siempre que, en el momento de la formación, conserven un saldo positivo de puntos.
Una vez superado el curso, se concederán dos puntos adicionales hasta un máximo de quince, con la limitación de poder realizar un curso de cada tipo cada dos años. La duración mínima de cada curso será de seis horas lectivas, incluyendo formación teórica y práctica, que abarca maniobras y circulación. La formación podrá desarrollarse en una o dos sesiones.
La parte teórica tendrá una duración mínima de una hora y cuarenta y cinco minutos y podrá distribuirse a lo largo de las sesiones, intercalándose con la formación práctica para reforzar los conceptos. No obstante, será obligatorio impartir media hora de teoría al inicio del curso y otra media hora al finalizarlo, a modo de conclusiones.
Por su parte, la formación práctica tendrá una duración de cuatro horas y quince minutos y se llevará a cabo tanto en circuito cerrado como en vías abiertas al tráfico. El contenido teórico y las maniobras prácticas a realizar en cada modalidad de curso están detallados en los anexos de la orden.
Estos cursos de conducción segura y eficiente entrarán en vigor veinte días después de su publicación en el BOE.