La manipulación de los tacógrafos será una infracción penal con hasta tres años de cárcel

Bartolomé Vargas, fiscal coordinador de Seguridad Vial, ha anunciado la intención de la fiscalía de impulsar la persecución de los delitos relacionados con la manipulación de los tacógrafos en el transporte de mercancías y viajeros. En esta línea, cualquier tipo de manipulación de este dispositivo se considerará en España como una infracción penal y será castigada con hasta tres años de cárcel. Hasta ahora, este tipo de práctica sólo constituía una infracción administrativa.

La manipulación de los tacógrafos en el transporte de mercancías y pasajeros pasará a ser una infracción penal en lugar de administrativa y estará castigada con penas de hasta tres años de cárcel. Así lo ha anunciado Bartolomé Vargas en una rueda de prensa celebrada en la sede de la Fiscalía General del Estado, acto en el que también ha señalado que la Guardia Civil y las policías autonómicas -Mossos d’Esquadra, Ertzaintza y Policía Foral de Navarra- cuentan ya con los medios para investigar este tipo de delitos.

Todo este procedimiento nace de una reciente sentencia del Tribunal Supremo en el que da la razón a un recurso presentado por la Fiscalía especializada en temas de Seguridad Vial. Una resolución que determina, por primera vez, que la alteración de los datos del tacógrafo en autobuses y camiones con el objetivo de evitar los controles tiene que ser castigada como un delito de falsedad documental, con consecuencias penales. En este aspecto, Vargas ha señalado que el conductor no será el único responsable y se perseguirá a los cooperadores necesarios en la comisión del delito.

De esta forma, Vargas ha indicado que también se perseguirá a los directivos o encargados de las empresas de transporte, del contratista o de los talleres que colaboren de manera directa o indirecta en la manipulación de los tacógrafos. Si los implicados cuentan con antecedentes por este tipo de práctica, el delito pasará a ser continuado y se impondrán penas de cárcel que podrán alcanzar los 3 años y 9 meses. Por su parte, los accidentes con víctimas mortales por esta práctica serán considerados como imprudencia grave y tendrán penas de hasta nueve años.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.