La licencia comunitaria de transporte será válida tras el Brexit, pero con ciertos matices

Como puede afectar el Brexit al transporte de mercancías por carretera

La jornada del 30 de diciembre ha sido la elegida para ‘teatralizar’ el acuerdo post Brexit entre Reino Unido y la Unión Europea alcanzado ‘in extremis’ el pasado 24 de diciembre, en plena Nochebuena. Un acuerdo que permite dar continuidad a las condiciones actuales del sector del transporte de mercancías por carretera, lo que entre otras cosas se traduce en que la actual licencia comunitaria seguirá siendo válida para operar con Reino Unido. Sin embargo, esto no significa que el escenario en el transporte con las Islas no haya cambiado.

Aunque el acuerdo suscrito entre Reino Unido y la Unión Europea permite que la licencia comunitaria actual siga siendo válida y, por ende, la continuidad de los actuales flujos comerciales entre ambas partes, los transportistas y empresas del sector deberán tener en cuenta algunos matices. Sin ir más lejos, los transportistas españoles podrán seguir llevando a cabo su actividad, pero esta se verá ralentizada a partir del 1 de enero con el establecimiento de nuevos controles fronterizos y aduaneros.

Cabe recordar que Reino Unido es el quinto país de destino para las exportaciones con origen en España, lo que se traduce en que una flota aproximada de 8.000 camiones realiza servicios entre ambos países. Volumen de vehículos pesados que podrán seguir operando con cierta normalidad con el protocolo actual, sin que exista ningún tipo de tasa o arancel a la mercancía transportada, como tampoco límites en el volumen de negocio de las empresas. Sin embargo, los controles fronterizos y aduaneros generales y enfocados a ciertos productos crecerán.

Más allá de esta circunstancia, el punto clave es que las empresas transportistas de los países de la Unión Europea podrán seguir operando con su actual licencia comunitaria en Reino Unido. En el caso de las empresas transportistas residentes en las Islas, su licencia comunitaria será sustituida por una nueva licencia para poder operar con la Unión Europea, la cual será expedida por las autoridades británicas siempre que cumplan los requisitos de competencia profesional, capacidad económica, honorabilidad y establecimiento idénticos a los exigidos.

Además, las empresas de ambas partes podrán realizar hasta dos operaciones adicionales en territorio contrario una vez cruzada la frontera, lo que en el caso de los transportistas de Reino Unido se puede traducir en dos operaciones de transporte cruzado entre Estados miembros de la Unión Europea o bien una operación de comercio cruzado y otra de cabotaje en un mismo país. Además, se mantiene el acuerdo de derechos de tránsito para que ambos territorios puedan ser objeto de ruta hacia terceros países como Irlanda o Irlanda del Norte, mientras que sus empresas están sujetas a la misma normativa de cabotaje.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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