Información sobre las emisiones de GEI para los clientes – Sanciones vigentes desde el 1 de enero de 2025

Todas las empresas que gestionen operaciones de transporte de mercancías o pasajeros con origen y destino en Francia estarán obligadas, a partir del 1 de enero de 2025, a informar a sus clientes sobre las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) generadas en cada servicio de transporte, bajo pena de sanciones que pueden alcanzar hasta 3.000 euros. Esta medida se aplica tanto a empresas nacionales como extranjeras y cubre también el transporte multimodal.

Aunque el formato de la comunicación es libre, la información debe ser clara, precisa y transparente. En el caso del transporte de pasajeros, esta debe proporcionarse antes de que se valide el pedido. La metodología para calcular las emisiones incluye estimaciones basadas en el consumo energético por desplazamiento y factores específicos para cada tipo de energía, accesibles a través de la Agencia Francesa de Medio Ambiente y Gestión de la Energía (ADEME) y herramientas como la plataforma EVE, disponible en francés.

Para que empresas extranjeras puedan registrarse en la plataforma, es necesario contar con un número DUNS, que puede obtenerse mediante servicios específicos como el proporcionado por Informa.