La ministra de Industria, Comercio y Turismo ha desvelado que el Gobierno está en proceso de impulsar un régimen sancionador para empresas morosas. De esta forma, el Ejecutivo espera dar forma a un sistema arbitral de la morosidad ágil y efectivo para combatir el retraso en el pago de las empresas. En este aspecto, cabe recordar que el plazo medio de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera está en 79 días, incumpliendo la Ley de Morosidad el 65% de los clientes de transportistas.
Aunque la Ley de Morosidad fija un plazo máximo de 60 días para el pago a proveedores, el último informe de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad señala que las empresas del IBEX 35 pagan sus facturas a una media de 169 días, mientras que la media general está en 73 días. No es ajeno a esta circunstancia el mundo del transporte de mercancías por carretera en nuetro país, toda vez que el plazo de pago medio anual del ejercicio 2019 se situó en el sector en los 80 días.
El empuje de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad será clave a la hora de atajar esta situación y dar forma a esta iniciativa del Ejecutivo de crear el esperado régimen sancionador para empresas morosas. No obstante, la proposición de ley para crear este organismo sancionador sería la tercera que se realiza en este aspecto. La primera, a propuesta de CIU, no llegó a buen término en 2014. La segunda, nacida en el seno de Ciudadanos, no se pudo aprobar por la circunstancia del país, con un Gobierno en funciones en ese momento.
Aunque aún no se ha definido la base de este régimen sancionador para empresas morosas, la anterior propuesta definía como infracción grave exceder el plazo de pago legal en más de veinte días, acarreando multas de 2.046 a 40.985 euros. Además, tipificaba como infracción muy grave si este plazo se excedía en más de sesenta días, con sanciones económicas en este caso que irían de los 409.981 a los 819.780 euros. Por último, el texto redactado también fijaba el uso de un sistema arbitral, un modelo de denuncia anónima y la obligatoriedad de las empresas de hacer públicos sus plazos de pago.