La Dirección General de Transporte Terrestre, dependiente del Ministerio de Fomento, asegura que no puede regular el uso obligatorio de tacógrafos para vehículos destinados al transporte de viajeros que realicen trayectos regulares de menos de 50 kilómetros, como es el caso de las furgonetas.
La regulación depende de una directiva europea, el Reglamento 561/2006, que establece que estos instrumentos, que recogen los datos de actividad del conductor como las horas al volante y de descanso, solo son obligatorios en aquellos vehículos que se dediquen al transporte de carretera si superan los 50 kilómetros de trayecto.
España, como el resto de Estados Miembros de la UE, no puede establecer regulaciones en contra de lo establecido en los Reglamentos europeos, puesto que son de cumplimiento obligatorio y de aplicación directa, según recalcan las mismas fuentes.
No obstante, la Comisión Europea, dentro del conocido como Primer Paquete de Movilidad, en el año 2017, propuso una modificación del reglamento, pero esta modificación trata sobre los tiempos de conducción y descanso, y no contempla modificar la exclusión de los servicios de menos de 50 kilómetros.
La modificación del reglamento, al igual que el resto de modificaciones legislativas contempladas en el Primer Paquete de Movilidad, se encuentran a la espera de su aprobación en el Parlamento Europeo.
La Asociación DIA denunció el pasado 1 de marzo ante la Dirección General de Transporte Terrestre «los riesgos para la seguridad vial derivados de la falta de descanso de los conductores profesionales de viajeros, de las jornadas interminables que realizan muchos de ellos y de la falta de control por parte de la Administración«, después de recibir «decenas» de denuncias de estos profesionales.
Según denuncia la entidad, «el problema es que para transporte de viajeros por carretera en un radio inferior a 50 kilómetros no es obligatorio usar tacógrafo, por lo que los conductores trabajan sin control de jornada ni calendario laboral. Solo tienen las famosas hojas de actividad u hojas de ruta, que acreditan los servicios que se realizan, y que son fácilmente manipulables por las empresas«, añaden.
El número de accidentes con furgonetas ha aumentado un 54% entre 2012 y 2017, según datos oficiales de la Dirección General de Tráfico (DGT). Según manifestó su director general, Pere Navarro, de estos vehículos se sabe «muy poco«, a diferencia de camiones y automóviles. Por ello, «la DGT está realizando un estudio sobre el fascinante mundo de la furgoneta» con el objetivo de detectar problemas y soluciones y reducir así su siniestralidad.