El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha publicado el pasado 9 de junio una serie de nuevas instrucciones relativas al Arraigo para la Formación, figura que utilizada de forma reciente para permitir autorizaciones de residencia y de trabajo por circunstancias excepcionales que fue incorporada con la Reforma del Reglamento de Extranjería de agosto de 2022. En otras palabras, esto implica que la Seguridad Social ha establecido un régimen más favorable de formación para que inmigrantes irregulares se incorporen a sectores con escasez de trabajadores, como el transporte.
El objetivo es que inmigrantes irregulares con arraigo en España puedan formarse al sistema laboral del país e incorporarlos, previa formación, a sectores que tienen una escasez clara de trabajadores cualificados. Puede ser el caso del transporte de mercancías por carretera con los conductores profesionales de camión, pero también el transporte marítimo y ferroviario con otros puestos laborales. Al final, el punto clave es paliar la escasez de profesionales que existe en distintos puntos de la actividad.
En lo que respecta al transporte de mercancías por carretera, los inmigrantes en situación irregular que lleven un mínimo de dos años en España podrán solicitar el permiso de residencia si están recibiendo la formación para la obtención del CAP inicial. Una situación que también se repite en casos de formación para la obtención de titulaciones de formación marítima profesional (STCW), así como en casos de formación de personal ferroviario.
De igual forma, los inmigrantes irregulares que hayan solicitado el permiso de residencia al llevar a cabo esta formación, podrán solicitar otro permiso de dos años de duración una vez que hayan recibido la titulación en cada uno de los segmentos referidos y cuenten con un contrato de trabajo de acuerdo con los convenios colectivos en vigor en cada sector. Esto abre la posibilidad a prorrogar este permiso de residencia en función de cada situación.