El periodo de moratoria para la instalación del tacógrafo inteligente de segunda generación en vehículos pesados que realizan transporte internacional está llegando a su fin. A partir del 1 de marzo de 2025, las autoridades comenzarán a aplicar sanciones a quienes no cumplan con esta obligación.
La Comisión Europea, a través del Comité de Transporte por Carretera, estableció un periodo de transición de dos meses, desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero de 2025, con el fin de facilitar la adaptación de los transportistas a la nueva normativa. Durante este tiempo, los controles en carretera se han centrado en informar y concienciar a los conductores y empresas del sector sobre la necesidad de instalar este dispositivo, sin imponer sanciones. Sin embargo, este periodo educativo está a punto de concluir, y quienes no cumplan con la regulación podrán enfrentarse a multas considerables a partir del 1 de marzo.
Multas de hasta 30.000 euros en Francia
El incumplimiento de esta normativa podría acarrear sanciones significativas en los distintos países europeos. En el Corredor Mediterráneo, que atraviesa España, Francia, Italia, Eslovenia, Croacia y Hungría, las multas varían según el país. En España, las penalizaciones pueden alcanzar los 2.001 euros, mientras que en Francia pueden llegar hasta los 30.000 euros o incluso implicar un año de prisión para los infractores.
En el Corredor Atlántico, que conecta España con Francia, Alemania, Portugal e Irlanda, también se aplicarán sanciones considerables. En Portugal, las multas pueden ascender a 6.000 euros, en Alemania hasta 1.500 euros, y en España la cifra se mantiene en 2.000 euros.
Detalles de la normativa
Según el Reglamento (UE) nº 165/2014, todos los vehículos pesados que operen en Estados miembros diferentes al de su matriculación y que estén equipados con tacógrafos analógicos o digitales no inteligentes anteriores al 15 de junio de 2019 deben actualizarse a la segunda generación de tacógrafos inteligentes antes del 31 de diciembre de 2024. No obstante, con la prórroga concedida, el plazo final para la adaptación se ha extendido hasta el 28 de febrero de 2025.
Uso de tacógrafos de primera generación
En cuanto a los vehículos equipados con tacógrafos inteligentes de primera generación, estos podrán continuar realizando transporte internacional con normalidad hasta el 20 de agosto de 2025. Sin embargo, a partir del 21 de agosto de ese mismo año, también estarán obligados a instalar la segunda generación de estos dispositivos para cumplir con la normativa.
El plazo de adaptación para la instalación del tacógrafo inteligente de segunda generación está por concluir. Con la inminente aplicación de sanciones a partir del 1 de marzo, es crucial que las empresas y transportistas cumplan con la normativa para evitar multas y garantizar la seguridad y regulación del transporte internacional. La modernización del control de tiempos de conducción y descanso es una medida clave para mejorar las condiciones del sector y reducir los riesgos en carretera.