El Gobierno aprueba un primer paquete de ayudas de 10.600 millones de euros para los afectados por la DANA

El Consejo de Ministros, en su sesión del martes 5 de noviembre, aprobó un primer paquete de ayudas de 10.600 millones de euros para los afectados por la DANA, incluyendo a autónomos y empresas. Este paquete contempla líneas de avales, créditos ICO, moratorias y exenciones fiscales, además de ayudas directas para particulares destinadas a la reposición de domicilios y mobiliario dañados por la DANA.

El BOE del 6 de noviembre publica el Real Decreto 6/2024, que establece medidas urgentes en respuesta a los daños causados por la DANA, ocurrida entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre. Estas ayudas, de 10.600 millones de euros, están dirigidas a hogares, empresas, autónomos y ayuntamientos en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía.

El plan del Gobierno consta de tres fases: la primera, con 10.600 millones de euros, ya está en marcha y se centra en la respuesta urgente; la segunda fase abordará la reconstrucción, y la tercera se orientará al relanzamiento y transformación de los territorios afectados.

Además de las ayudas directas a empresas, autónomos y ciudadanos, el paquete incluye exenciones fiscales, moratorias, medidas en Seguridad Social, líneas de avales y créditos ICO.

Ayudas directas a autónomos y empresas

En el paquete de ayudas, se incluyen subvenciones directas para autónomos y empresas, según su volumen de operaciones en 2023:

– Autónomos: 5.000 euros.
– Empresas con operaciones menores a 1 millón de euros: 10.000 euros.
– Empresas entre 1 y 2 millones de euros: 20.000 euros.
– Empresas entre 2 y 6 millones de euros: 40.000 euros.
– Empresas entre 6 y 10 millones de euros: 80.000 euros.
– Empresas con operaciones superiores a 10 millones de euros: 150.000 euros.

Estas ayudas se ingresarán en la cuenta bancaria indicada y se harán efectivas en menos de un mes. Se espera beneficiar a 65.000 autónomos y 30.000 empresas. Estas ayudas son complementarias a otras subvenciones, seguros o ceses de actividad previstos para estos casos.

Ayudas directas a ciudadanos

Las ayudas programadas para ciudadanos abarcan 78 municipios: 75 en la Comunidad Valenciana, dos en Castilla-La Mancha y uno en Andalucía. Estas cuadruplican los importes legales de indemnización por fallecimiento, incapacidad y daños en viviendas y enseres. Además, se eliminan los requisitos de renta para acceder a estas ayudas:

– Fallecimiento e incapacidad: hasta 72.000 euros.
– Daños en vivienda habitual y enseres:
– Destrucción total: hasta 60.480 euros.
– Daños estructurales graves: hasta 41.280 euros.
– Daños menores sin afectar la estructura: hasta 20.640 euros.
– Daños en elementos comunes de una comunidad: hasta 36.896 euros.
– Daños en enseres esenciales (muebles, electrodomésticos, etc.): hasta 10.320 euros.

Incapacidad temporal extraordinaria y cese de actividad

Este Real Decreto crea una prestación de incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos por la DANA, garantizando el 75% del salario desde el primer día (calculado para autónomos sobre su base de cotización). Las pensiones por incapacidad permanente, viudedad y orfandad causadas por la DANA se consideran de origen laboral, lo que aumenta su cuantía al calcularse sobre los ingresos totales del último año.

Los autónomos podrán cobrar la prestación por cese de actividad, con el 70% de su base de cotización, sin necesidad de haber cumplido los doce meses de carencia.

El Consorcio de Compensación de Seguros incrementará un 20% las indemnizaciones para personas, empresas y autónomos que hayan perdido su vehículo en la DANA.

Avales, moratorias y exenciones fiscales y créditos ICO

El Gobierno ha creado una línea de avales, gestionada por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), que permitirá a autónomos, pymes y empresas acceder a créditos garantizados por el Gobierno, facilitando la reapertura de negocios, reparación de viviendas y reequipamiento de empresas. El paquete total alcanzará los 5.000 millones de euros, destinándose inicialmente 1.000 millones a esta línea.

Se prevén exenciones fiscales para los ciudadanos de las zonas afectadas, permitiéndoles retrasar sus pagos tributarios hasta 2025. Asimismo, se han contemplado exenciones y reducciones del IBI e IAE correspondientes a 2024 para locales y viviendas dañadas por la DANA. Además, no se aplicarán tasas para bajas de vehículos o expedición de documentos oficiales necesarios por la catástrofe.

Para actividades agrarias, se reducirán los índices de rendimiento neto para 2024 en el método de estimación objetiva de la Renta y el IVA simplificado.

Las empresas que deban suspender su actividad temporalmente podrán quedar exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de sus trabajadores hasta febrero de 2025, periodo que contará como cotizado para futuras prestaciones.

Las empresas no directamente afectadas también podrán solicitar facilidades en el pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social.

Los ciudadanos y pequeñas empresas con préstamos de consumo o hipotecas podrán posponer el pago de cuotas tres meses y pagar solo intereses durante los nueve meses siguientes.

El Gobierno ha solicitado a la Comisión Europea la ayuda del Fondo Europeo de Solidaridad y, al Consejo y Parlamento Europeo, la aprobación urgente del Reglamento RESTORE, para reprogramar fondos de cohesión FEDER y FSE+ y destinarlos a paliar daños por desastres naturales.