Se duplica el número de autónomos acogidos al cese de actividad en el sector transporte

El sector del transporte y la logística es ya el quinto sector en el que un mayor número de profesionales autónomos se han acogido al cese de actividad extraordinario activado por la pandemia de COVID-19. Sólo los sectores del comercio, la hostelería, la construcción y el de otros servicios registran cifras superiores a las registradas entre los autónomos dedicados al transporte de mercancías y servicios de logística. La cifra total de autónomos en cese de actividad dentro del sector es de 74.795.

Mientras los autónomos que se han acogido al cese extraordinario por la crisis del COVID-19 están recibiendo el tercer corbo de su prestación, la cifra de profesionales autónomos sujetos a esta situación no ha dejado de crecer. De hecho, los 74.795 autónomos del sector transporte y la logística que se encuentran en cese de actividad duplican el volumen de beneficiarios que existían a mediados de abril. Por entonces, 36.9085 profesionales estaba sujetos a este tipo de prestación. En total, en España hay 1.412.615 autónomos en cese de actividad, lo que supone un aumento de 400.000 profesionales frente a los datos de abril.

Cabe recordar que la prestación por cese de actividad para profesionales autónomos se dibuja como una ayuda a todos los profesionales de sectores en los que se ha detenido la actividad por el Decreto del Estado de Alarma o las normas de aplicación posterior. También válida para otros sectores que sí han mantenido su actividad, como es el sector del transporte de mercancías por carretera, los profesionales deberán acreditar una caída superior al 75% de sus ingresos respecto al promedio mensual de ganancias en el semestre natural anterior.

A su vez, cabe señalar que los profesionales autónomos que quieran verse beneficiados de la prestación por cese de actividad deberán acreditar la información contable que justifique estas pérdidas del 75% en sus ingresos habituales. El Ministerio de Asuntos Sociales señala en esta línea que para tal fin vale presentar una copia del libro de facturas emitidas y recibidas, el libro diario de ingresos y gastos, el libro de ventas e ingresos o incluso el libro de compras y gastos. Si no hay obligación a llevar a cabo esta documentación contable, se podrán utilizar otro tipo de registros que demuestren la reducción de ingresos.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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