En el año 2018, Dinamarca limitó legalmente a 25 horas el periodo máximo de estacionamiento para camiones en las áreas de descanso públicas de su red de autopistas. Una medida que no fue del agrado de la Comisión Europea, ya que desde el organismo europeo se consideraba que esta restricción afectaba a la libre prestación de los servicios de transporte de mercancías por carretera en el país, entre otras cosas porque no afecta de igual forma al transporte nacional danés que a los transportistas por carretera no residentes.
Con este argumento, la Comisión Europea presentó un recurso ante el Tribunal de Justicia de la Union Europea (TJUE) para intentar paralizar esta norma. De forma paralela, el colegio europeo de comisarios inició un procedimiento de infracción contra Dinamarca, movimiento que llevó a las autoridades danesas a presentar un recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia ya que desde Dinamarca entendían que la limitación de estacionamiento a camiones de 25 horas en las vías de alta capacidad del país se ajustaba y ajusta al Derecho de la Unión Europea, ya que se aplica sin discriminación alguna.
Este cruce de recursos se ha resuelto esta semana con la sentencia del TJUE que desestima el recurso interpuesto por la Comisión Europea. Aunque el alto tribunal reconoce que la norma puede afectar a los transportistas extranjeros de manera especial, sobre todo a los que realizan servicios de cabotaje, en comparación con las empresas de transporte local que pueden derivar sus camiones a sus instalaciones, también concluye que los profesionales extranjeros tienen otras opciones de estacionamiento lejos de las vías de alta capacidad.
Desde el órgano judicial añaden que la Comisión Europea no ha aportado ningún dato objetivo que permita demostrar que, habida cuenta del volumen del tráfico existente, la oferta de estacionamiento alternativa por parte del sector privado sea insuficiente para acoger a los vehículos con una masa máxima autorizada superior a las 3,5 toneladas durante los descansos que por normativa son superiores a las 25 horas. Por ese motivo, el TJUE no puede declarar la norma ilegal y Dinamarca tiene potestad para mantener esta restricción.