El descanso semanal en cabina sancionado en España a partir del 1 de julio

El Ministerio de Fomento español ha anunciado que el descanso semanal en cabina será sancionado en España a partir del 1 de julio. Esta medida viene promovida tras la reforma del Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres – ROTT.

Siguiendo los pasos de otros países europeos y el Reglamento comunitario 561/2006 que estable los periodos de conducción y descanso otorgada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, España comenzará a aplicar esta normativa a partir del 1 de julio de 2018.

  Uno de los objetivos de esta medida y por la cual ya se aplica en otros países europeos es mitigar la competencia desleal que desde hace años está sufriendo el mercado debido a la injerencia de empresas de transporte que utilizan y contratan a los conductores ambulantes.

Estos, sin residencia fija, más allá de su propio vehículo, ha afectado al mercado y la Unión Europea pretende establecer una normativa clara al respecto.

El incumplimiento de la Ley sobre los descansos obligatorios y de dicho Reglamento variará en función del tiempo que el chófer o conductor realice en la cabina del camión. Esta medida solo afectará solo afectará a aquellos descansos semanales establecidos (superiores a 45 horas cada dos semanas).

Según la sentencia publicada el día 20 de diciembre de 2017 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solo aquellos periodos de descansos diarios y semanales, serán realizados por el chófer dentro de la cabina del camión.

 

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