El Defensor del Pueblo critica la argumentación del Gobierno en la polémica de las ITV

La polémica surgida con los plazos de validez de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) tras el Estado de Alarma encontró solución en el Tribunal Supremo. Sin embargo, este caso está lejos de cerrarse ante la actuación perniciosa del Gobierno a través del Ministerio de Industria. De hecho, el informe relativo a este caso del Defensor del Pueblo que ha sido publicado señala que el proceder del Ejecutivo obvia el derecho de los ciudadanos a que la Administración sirva objetivamente al interés general y no a intereses concretos de las empresas concesionarias.

Desde el primer momento, el Defensor del Pueblo ha sido muy crítico con la gestión que ha realizado el Gobierno con los plazos de las ITV, ya que desde el primer instante se ha buscado a través de una normativa perniciosa reducir los plazos de validez de la ITV para los vehículos beneficiados por la prórroga aplicada durante el Estado de Alarma. De hecho, el Ministerio de Industria aplicó la normativa para que la fecha de validez se aplicara a partir de la fecha en la que expiró el permiso anterior y no la fecha real del examen técnico.

Según explica el informe del Defensor del Pueblo, el Gobierno se valió de una argumentación en la que prevalecía los intereses del sistema de inspecciones y de su eficiencia futura, aunque eso implicarse obviar el derecho de los ciudadanos de verse beneficiados de forma objetiva por el interés general. Por ende, se considera que el Ejecutivo usó el supuesto cumplimiento de los fines de seguridad del tráfico como un valor de interés general, aunque realmente estaba primando los intereses particulares de las empresas gestoras de las estaciones de ITV.

Al respecto, el Defensor del Pueblo ha explicado: «La Administración no ha probado que la carga que ha recaído sobre los usuarios responda a un interés general. Las razones que aduce la Secretaría General de Industria para justificar los supuestos beneficios de la medida aquí cuestionada tampoco parecen admisibles, pues el supuesto ‘equilibrio beneficioso a largo plazo’ no compensa el sacrificio de cientos de miles de afectados que son obligados a realizar dos inspecciones seguidas en un muy corto lapso de tiempo con la carga administrativa y el desembolso económico que esto conlleva. Además, la seguridad vial está salvaguardad con los plazos ordinarios de vigencia de las inspecciones«.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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