La Comunidad de Madrid ha iniciado una campaña de control de la morosidad y los plazos de pago dentro del sector del transporte de mercancías por carretera a través de los servicios de inspección de la Dirección General de Transporte y Movilidad. El objetivo es inspeccionar las dinámicas de pago dentro de la actividad mediante requerimientos a empresas, controlando así si se excede el plazo máximo de pago de 60 días en los servicios de transporte que son contratados por terceros.
CETM-Madrid valora esta acción como «necesaria y efectiva, ya que se trata de erradicar un mal endémico que perjudica de manera grave a las empresas de transporte de mercancías por carretera. Aunque el plazo máximo de pago de 60 días en los servicios de transporte lleva en vigor más de 10 años, hasta que no se tomen cartas en el asunto de manera efectiva por parte de los servicios de inspección, este plazo no se va a cumplir de manera sistemática».
En este aspecto, el Comité Madrileño de Transporte por Carretera (CMTC) ya solicitó que en el nuevo Plan de Inspección de 2022 para la región se incluyera un apartado específico para que entre las inspecciones que realizada la Comunidad de Madrid se incidiera en la morosidad y en el incumplimiento de los plazos de pago dentro de la actividad. Al final, con el nuevo texto de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) ahora hay infracciones más duras contra las empresas y clientes morosos.
Cabe recordar que la LOTT incluye infracciones graves y muy graves por el incumplimiento del límite máximo legal de pago de 60 días, considerándose grave las infracciones cuando el precio del transporte sea de hasta 3.000 euros y muy grave cuando supere esta cantidad. Las multas y sanciones que recoge la normativa van desde los 401 hasta los 6.000 euros, pudiendo alcanzar los 18.000 euros en casos de reincidencia o de 30.000 euros si se considera que la conducta de reincidencia afecta la solvencia económica del acreedor o si se superan en más de 120 días el plazo máximo legal.