La Comisión Europea pide un régimen transitorio para el transporte con Reino Unido tras el Brexit

No hay vuelta atrás. El periodo de transición del Brexit se acaba y el acuerdo entre Reino Unido y la Union Europea para regular el tránsito de personas y mercancías entre ambas partes es ya inviable. Ante esta situación y con el fin de evitar el colapso que se puede dar a partir del 1 de enero de 2021, la Comisión Europea ha propuesto a Reino Unido un régimen transitorio para el transporte que pasaría por mantener el actual esquema de funcionamiento durante seis meses, siempre y cuando Reino Unido también se sumase a esta medida.

La Comisión Europea ha solicitado a Reino Unido aplicar un régimen transitorio de seis meses -bajo mismas condiciones- para el transporte con el fin de evitar el colapso de los pasos fronterizos que se pueden dar a partir del 1 de enero de 2021. El objetivo final es evitar que se produzcan importantes retrasos en el transporte de mercancías por carretera, mantener la cadena de suministro que une a ambos lados a pleno rendimiento y ganar más tiempo para encontrar un acuerdo bilateral que pueda satisfacer a ambas partes.

La petición de la Comisión pasa por ampliar el periodo transitorio en seis meses, lo que en términos prácticos serviría par mantener la validez de los permisos y autorizaciones actuales. De esta forma, los transportistas europeos y españoles, así como los del Reino Unido, podrían realizar le transporte internacional, tanto en carga como en vacío, al igual que ahora hasta el 30 de junio del 2021. En este aspecto, esta ampliación del régimen transitorio propuesta por la Unión Europea se construye sobre cuatro puntos fundamentales.

Estos cuatro pilares pasan por mantener el reglamento actual por seis meses o hasta que haya un acuerdo bilateral. Para tal fin, la UE permitirá que las empresas con el equivalente británico a la licencia comunitaria puedan realizar su actividad, todo dentro de un marco de acceso bilateral al mercado del transporte de mercancías y pasajeros. Estará prohibida la firma de acuerdos bilaterales entre Estados miembro y Reino Unido con el fin de fijar un marco común en el que se aplicará la normativa europea sobre tiempos de conducción y descanso, reglamento del tacógrafo, CAP, desplazamiento de trabajadores y otros aspectos.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.