La secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, dependiente del Ministerio de Fomento, ha convocado ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2018, por un importe de 9,1 millones de euros.
La medida, publicada hoy en Boletín Oficial del Estado (BOE), otorga preferencia a los transportistas con incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de su profesión. Para los demás beneficiarios, Fomento elaborará una relación de personas por orden descendente de edad. La cuantía de estas ayudas para 2018 ha descendido en 400.000 euros con respecto a 2017 (9,5 millones).
Requisitos para la solicitud de Ayudas al Abandono de Actividad este año 2018
1.- La solicitud de ayudas queda limitada a aquellos transportistas autónomos que hayan cumplido 64 años, edad mínima que no se exige para aquellos transportistas que tuvieran reconocida a fecha de solicitud, una incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez.
2.- Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad, deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento en la siguiente dirección:
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación, es decir, la fecha límite para presentar las solicitudes será el 8 de abril de 2018.
Los requisitos para la solicitud de las ayudas son los siguientes:
- Ser transportista autónomo de mercancías o viajeros dado de alta en este régimen en la Seguridad Social, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años. Se permitirá, no obstante, una única interrupción por periodo no superior a tres meses.
- Tener una edad igual o superior a 64 años. También podrán solicitarla las personas que con independencia de su edad tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual.
- Ser titular de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años de un máximo de tres autorizaciones (copias) de transporte público (debiendo al menos una encontrarse vigente en el momento de la solicitud). Se permite una única interrupción por periodo no superior a tres meses. Así mismo, en casos de incapacidad, la vigencia de autorizaciones se exigirá a fecha de la declaración de la incapacidad.
- No haber desaprovechado otras ayudas al abandono de la actividad en años anteriores. La subvención a conceder por el Ministerio de Fomento se calcula del siguiente modo:
– Por la autorización o autorizaciones de transporte público 30.000 €.
– Además, para transportistas con edad inferior a 65 años, adicionalmente 5.300 € por cada semestre completo hasta cumplir los 65 años.