Austria ha dado un paso de gigante en busca de la digitalización del transporte internacional de mercancías por carretera al convertirse durante este mes de agosto en el trigésimo séptimo país en adoptar la carta de porte electrónica (e-CMR). El país centroeuropeo recoge el testigo así de Italia, que también adoptó el uso del e-CMR a principios de este mismo año. Con este movimiento, Austria se dirige hacia un escenario en el que los documentos en papel darán paso a un sistema completamente digital en el transporte.
Las autoridades austriacas defienden la transición de los documentos en papel a los albaranes de envío totalmente digitales como un paso fundamental para mejorar significativamente la eficiencia y seguridad en el transporte de mercancías por carretera dentro de Austria y a nivel internacional. Este cambio permitirá reducir los costes operativos para las empresas del sector, reducir demoras administrativas y de facturación y mejorar así las discrepancias dentro de cualquier operativa de transporte que se de a partir de la fecha de instauración del e-CMR.
Pese a las ventajas palpables del e-CMR, España ha retrasado la introducción de la carta de porte electrónica. Aunque en un primer momento esta previsto que España pudiera adoptar este tipo de documentación electrónica el 1 de septiembre de 2024, todo hace indicar que finalmente la obligatoriedad de utilizar el documento de control electrónico en el sector del transporte de mercancías por carretera se retrasará posiblemente hasta 2026. Una decisión que ya ha sido comunicada al Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC).
El retraso de la introducción del e-CMR en España atiende a la situación política actual y la imposibilidad de aprobar una Ley que valide su uso, todo en un escenario en el que incluso hay enmiendas por partes de distintos grupos políticos para su aprobación definitiva. Y es que la utilización del e-CMR se encuentra dentro del anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible que actualmente se está tramitando en el Congreso, dentro de un proceso lo suficientemente complejo como para que haya que retrasar la entrega en vigor esta medida al ser la fecha original un plazo no viable.