Aprobado el Decreto que, por ahora, descarta los peajes en las autovías

FENADISMER, la organización que agrupa a 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera, ha valorado positivamente el Real Decreto publicado este miércoles 19 de marzo en el BOE, mediante el cual se transpone a la normativa española la última reforma de la Directiva europea sobre la aplicación de gravámenes a los vehículos de transporte por el uso de las infraestructuras viarias, conocida como «euroviñeta«, aprobada en 2022.

Como adelantó el Gobierno, el Decreto descarta por el momento la implantación de peajes en las autovías españolas, modificando su criterio previo favorable a esta medida. Inicialmente, el Ejecutivo se había comprometido con la Comisión Europea a imponer estos peajes a cambio de recibir uno de los tramos procedentes de los fondos Next Generation. Sin embargo, posteriormente renegoció dicho compromiso tras el rechazo popular que esta medida generaba en la opinión pública, especialmente entre las asociaciones de transportistas, que alertaban sobre el perjuicio que supondría para la competitividad del sector del transporte y para el sistema económico español.

A pesar de ello, periódicamente el lobby de las empresas constructoras, con el objetivo de incrementar su cartera de actividad a costa del bolsillo de los conductores, plantea la conveniencia de implantar peajes para financiar el mantenimiento de las carreteras. Un ejemplo de ello es el anuncio realizado hace unos días, en el que se proponía establecer una tarifa de 2,8 céntimos para turismos y de 8,2 céntimos para camiones por kilómetro recorrido. En este sentido, FENADISMER recuerda que el sector del transporte por carretera, con la actual carga fiscal que soporta, contribuye con más de 21.000 millones de euros anuales al mantenimiento de las infraestructuras españolas.

El nuevo Real Decreto aprobado se limita a establecer los criterios para la fijación del peaje máximo que podrán cobrar las concesionarias privadas de autopistas, incorporando como novedad la consideración de las emisiones de los vehículos en dicho cálculo. No obstante, este criterio no se aplicará a las actuales autopistas de peaje existentes en España, sino exclusivamente a las nuevas que se establezcan. La única excepción serán las autopistas propiedad del Estado gestionadas por la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte, es decir, aquellas rescatadas tras la quiebra de las empresas explotadoras. Estas autopistas son: las radiales R2, R3, R4 y R5, las autopistas M12, AP-41 y AP-36, y la AP-7 en el tramo Cartagena-Vera.