El pasado 6 de febrero, el Tribunal Supremo dictaminó que la devolución del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) -céntimo sanitario- como consecuencia de haber sido declarado este impuesto no conforme con la normativa de la Unión Europea debe declararse como ingreso en el Impuesto sobre Sociedades en el ejercicio histórico en el que el céntimo sanitario fue pagado por el transportista, criterio distinto al que se utilizó en el momento en el que se produjeron de manera efectiva estas devoluciones.
Cabe recordar que cuando se llevaron a cabo las devoluciones del céntimo sanitario, la Agencia Tributaria dictaminó que la recuperación del céntimo sanitario debía declararse a nivel fiscal como un ingreso el año en el que se cobró. Con este cambio de criterio avalado por la citada sentencia del Tribunal Supremo, los transportistas que declararon el ingreso en el ejercicio en el que el céntimo sanitario fue recuperado ahora pueden solicitar su devolución siempre que no hayan trascurrido más de 4 años.
Eso sí, cabe indicar que la posibilidad de iniciar la vía de responsabilidad patrimonial del Estado para reclamar la devolución de las declaraciones que se hayan realizado trascurridos más allá de estos 4 años no es factible, ya que esta opción no es viable al tratarse de un cambio de criterio interpretativo relativo a una norma vigente y no al hecho de estar ante una norma vigente en el ámbito jurídico español que haya sido declarada en contra de la Constitución o del ordenamiento jurídico europeo, circunstancia en las que sí se podría explorar esta vía.
Por este motivo, a la hora de intentar recuperar el exceso del impuesto tributado por la imputación de ingresos en exceso que no se correspondían al ejercicio declarado, siempre y cuando se cumplan los criterios para poder reclamar, hay que seguir un proceso muy concreto para llevar a cabo la tramitación jurídica de la reclamación de manera correcta, lo que obligará a las empresas que puedan estar interesadas a contratar los servicios de un abogado especialista en la materia.