La Comisión Europea ha fijado un ultimátum para España. El Gobierno de Pedro Sánchez tiene dos meses para llevar a cabo la transposición de la normativa de alquiler de vehículos para el transporte de mercancías por carretera. Si España no adapta la directiva europea en este plazo a la legislación nacional para regular el uso de vehículos de alquiler sin conductor para tareas de transporte de mercancías por carretera el caso podría llegar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Países como Eslovenia, Polonia, Croacia, Chipre y Luxemburgo también han recibido este aviso.
No es de extrañar este aviso tan tajante si tenemos en cuenta que la directiva sobre alquiler de vehículos pesados para el transporte de mercancías por carretera fue parte del primer Paquete de Movilidad, allá por 2017. Por entonces, la Comisión propuso eliminar algunas restricciones para dar mayor libertad a las empresas para utilizar vehículos alquilados para operaciones de transporte en momentos de mayor demanda o de manera estacional. La norma entonces sí habilitaba a los Estados miembro a restringir ciertas operaciones de alquiler.
En 2021 se llegó a un acuerdo para que los Estados miembro no pudieran restringir dentro de sus respectivos territorios la utilización de vehículos alquilados por una empresa de transporte, incluso si esta estaba establecida en otro Estado miembro. Sólo se dejó encima de la mesa la opción de restringir el uso de vehículos para empresas que estando afincadas en un Estado miembro recurren al alquiler de vehículos en otra nación para luego utilizarlos en el país de origen de la propia empresa.
Restricciones en cualquier caso que hacen referencia a la proporción dentro de la flota total de vehículos y el periodo de arrendamiento, no al uso, garantizando que no superen este tipo de vehículos el 25% total de la flota y los dos meses de alquiler. No existen tales límites, como decimos, para operar con vehículos nacionales alquilados. Todas estas cuestiones tenían que adoptarse por parte de los Estados miembro en catorce meses, antes del 6 de agosto de 2023, pero España todavía no ha hecho ningún movimiento al respecto.