La Audiencia Provincial Civil de Madrid ha desestimado un recurso de apelación presentado por Bothar, Kommunalkdredit y otros fondos que forman el sindicato financiador de la autopista R-2, en el que pedían 472 millones de euros a ACS, Acciona, Abertis y Globalvia.
Según la sentencia, fechada el pasado 21 de diciembre de 2023, el juez ha rechazado el recurso presentado frente a una sentencia de julio de 2022 emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 37, que ya rechazaba las pretensiones de los apelantes.
En concreto, pedían 493 millones de euros en concepto de sobrecostes a las constructoras participantes en esta autopista radial de 62 kilómetros que conecta Madrid con Guadalajara y sirve para descongestionar el tráfico de la A-2.
Los fondos calculaban unos sobrecostes de construcción de 45,3 millones de euros y los de expropiaciones en 448 millones de euros, de lo que han pagado ya 30 millones. Así, el importe solicitado asciende a 463 millones más otros 24 millones por otros conceptos.
Esta suma de 487 millones de euros ha sido demandada a los accionistas de la concesionaria Irasa, cuyo capital lo componen en un 35% Iridum (ACS), un 30% Abertis, un 25% Acciona y un 10% Globalvía, en ese momento participado por FCC y Bankia.
Las sentencias defienden que estas cantidades no son exigibles, al haber sido asumidos los sobrecostes por la Administración a satisfacción de los acreditantes, y que la administración asumió todos los costes por obras adicionales, acreditándose los costes por expropiaciones.
Por su parte, los fondos argumentan que las obligaciones de aportación de fondos están vigentes y son exigibles hasta el completo pago de la deuda financiera y que las medidas de la administración no liberaron a los accionistas de sus obligaciones de aportación de fondos, sobre todo no «a satisfacción» de los acreedores.
Fuentes próximas a los fondos indican que la sentencia de la Audiencia Provincial «adolece de errores graves que se espera corrija el Tribunal Supremo«, en línea con la reciente doctrina de este mismo tribunal en el asunto de la R-4.
«Que la Audiencia Provincial haya decidido que estos compromisos dejan de ser exigibles porque años después las sociedades concesionarias son declaradas en concurso de acreedores, socava la seguridad jurídica que todo financiador de este tipo de proyectos tiene derecho a esperar y rompe el equilibrio de los derechos y las obligaciones de los promotores y de sus financiadores«, concluyen.