El Consejo de ministros de Transportes de la Unión Europea celebrado esta semana ha dado mucho de sí, ya que ha servido para aprobar hasta ocho orientaciones generales de propuestas legislativas dedicadas al transporte terrestre, marítimo e intermodal. Entre otras cosas se han acordado el protocolo de contabilización de emisiones contaminantes del transporte de mercancías, así como distintos cambios en las normas que rigen las licencias de conducir, lo que abre la puerta a que nuevos profesionales se incorporen al sector con una edad menor.
La orientación general sobre los permisos de conducir incluye la posibilidad, aún por definir, de que se pueda obtener el permiso de conducir a los 17 años, incluidos también las licencias de conducir para profesionales. Si finalmente se consuma la propuesta acordada por los ministros de Transporte, estos jóvenes serían empleados como aprendices hasta cumplir la mayoría de edad y sólo podrían conducir camiones bajo la supervisión de personas experimentadas en los primeros años del carnet.
Esto permitiría que graduados de escuelas vocacionales y ciclos formativos enfocados al sector transporte puedan terminar sus estudios a los 17 años y comenzar a trabajar directamente, lo que acabaría con la brecha actual donde muchos jóvenes terminan sus estudios enfocados a ser conductor o mecánico, reciben parte de la formación del carnet y de las cualificaciones iniciales y tienen que esperar un año para incorporarse a la actividad profesional. Una medida que podría paliar la escasez de conductores profesionales.
Otras propuestas aprobadas están vinculadas a la creación de un permiso de conducir móvil para toda la Unión Europea dentro de la ‘identidad digital’ para los ciudadanos europeos, el reconocimiento universal de los permisos de conducir de terceros países -unificando el criterio a nivel europeo-, el mantenimiento voluntario del periodo reducido de validez de los permisos de conducir de personas de avanzada edad y la mejora del vínculo entre la adopción de los actos de ejecución y la obligación de aplicación por parte de los Estados miembro, así como el intercambio de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.