Este 1 de enero termina la modificación temporal aplicada en la fórmula de revisión del precio del transporte de mercancías por carretera que fue instaurada por el Gobierno en el paquete de medidas para la viabilidad del sector. Una revisión que contemplaba que el índice de multiplicación del combustible a la hora de definir los precios de los servicios de transporte pasase del 30 al 40%. Con todo, a partir del 1 de enero la fórmula de revisión del precio del transporte vuelve a los términos originales, salvo que se paute lo contrario.
Cabe recodar que los índices de multiplicación para el cálculo de las tarifas del transporte de mercancías por carretera para vehículos de más de 20 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA), excepto los de obras, será de un 30%. Para los vehículos de entre 3,5 y 20 toneladas de MMA será de 20%, mientras que para los vehículos de obras de menos de 3,5 toneladas será de un 20% y para los de más de 3,5 será de un 10%.
Incluso si se aplica otra fórmula de revisión alternativa a partir del 1 de enero de 2023 tras la aprobación del Gobierno, desde FROET recuerdan que para calcular el precio de los servicios de transporte las empresas y profesionales autónomos deberán multiplicar la variación del precio medio del Diésel entre el momento en el que se contrató el transporte y el momento en que se realizó efectivamente por el precio del transporte.
Por otra parte, FROET también recuerda que, con la llegada de 2023, otra de las medidas que se han aplicado con carácter temporal dejará de ser obligatoria y ya no habrá que indicar en la factura el coste de combustible, algo que se ha venido haciendo desde el 1 de julio y hasta el próximo 31 de diciembre en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.