FENADISMER ha puesto todo su empeño en conseguir que la prohibición de la contratación a pérdidas se aplique a todos los servicios de transporte, siendo indistinta su naturaleza. En este sentido, la asociación quiere que esta prohibición sea aplicable tanto en los contratos de servicios de transporte ocasionales como en los contratos continuados, ya que estos últimos quedaron inicialmente excluidos del régimen sancionador diseñado por el Gobierno para casos de incumplimiento. Una batalla que sigue su curso a partir de las enmiendas presentadas al proyecto.
El pasado mes de agosto, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 14/2022 en el que estaba incluida la denominada Ley de la Cadena del Transporte. Entre las premisas de esta ley, tal y como reflejaba el texto, estaba la obligatoriedad de la contratación de los servicios de transporte por escrito y la prohibición de la contratación a pérdidas en el transporte de mercancías por carretera, dos medidas para proteger de manera eficaz a los transportistas al evitar que se impongan precios que no permitan cubrir los costes de explotación.
Sin embargo, el texto original de la Ley de la Cadena de Transporte fijaba esta prohibición de contratación a pérdidas en el transporte para los servicios ocasionales, pero no contemplaba en su régimen sancionador en caso de incumplimiento en la contratación de servicios continuados. Una cuestión que FENADISMER trata de corregir con la presentación de una serie de enmiendas al texto para su mejora, consiguiendo que la prohibición de contratación por debajo de costes se aplique a todos los servicios de transporte de mercancías por carretera.
En este sentido, desde FENADISMER confían que las enmiendas presentadas cuenten con el apoyo parlamentario suficiente para su aprobación y la ley incluya en su nueva redacción la contratación de servicios de transporte continuado. Desde FENADISMER explican, que pese a ser una ley pionera a nivel de la Unión Europea, en ningún caso busca imponer tarifas obligatorias por la prestación de servicios, ya que en ese punto se vulneraría la legislación nacional y europea en materia de libre competencia.