El Consejo de ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley elaborado por el Gobierno para dar respuesta a las demandas del sector del transporte de mercancías por carretera. Un texto que regula aspectos clave para el desarrollo de la actividad y que nace de las negociaciones entre los representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) y el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC). En este Real Decreto-Ley se encuentra la denominada Ley de la Cadena de Transportes.
Esta Ley de la Cadena de Transportes recoge varias modificaciones en la normativa vigente en el sector hasta la fecha, siendo una de las principales medidas la prohibición de llevar a cabo servicios de transporte de manera estructural por debajo de los costes individuales. Aunque se trata de una medida esperada por todos los actores de la actividad, la forma en la que se han dado las últimas pinceladas a esta Ley de la Cadena de Transportes y la forma en la que se ha aprobado el Real Decreto-Ley no han gustado al CNTC, ya que se ha realizado sin consenso.
Con todo, el nuevo Real Decreto-Ley es una realidad, ya que se ha aprobado en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania y ha entrado en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Un texto que según los responsables del Ministerio: «Dibuja el nuevo marco legal para que el precio del transporte cubra los costes individuales incurridos por el transportista efectivo, en aquellos supuestos en los que se producen los mayores desequilibrios en la negociación»
En este sentido, la normativa refleja la necesidad de que quede reflejado el precio aplicado al transporte y los gastos conexos, es decir, los costes individuales efectivos asumidos por el transportista para evitar que se realicen servicios por debajo de costes. Para fijar dichos gastos se utilizará la estructura de partida de costes recogidas por el Observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera elaborado por el Ministerio. En vistas a un posible incumplimiento de la norma, se ha incluido un nuevo régimen sancionador con multas de hasta 4.000 euros.