Este jueves 19 de mayo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Resolución del 6 de mayo de 2022 del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social que fija los procedimientos de control de la jornada laboral de los conductores profesionales del sector del transporte de mercancías por carretera. El texto sirve para incorporar al ordenamiento jurídico español el artículo 2 de la Directiva 2020/1057 que afecta a los métodos de vigilancia y control del tiempo de trabajo en la actividad.
En concreto, la nueva normativa define los procedimientos de vigilancia y control del tiempo de trabajo de los conductores profesionales, teniendo en cuenta que también comprende los tiempos de espera, los tiempos de presencia y/o disponibilidad y los dedicados a la realización de otras tareas distintas a la conducción. Con esto en mente, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social deberá realizar controles regulares que certifiquen que se cumple de forma correcta y coherente los horarios de los chóferes por cuenta ajena.
Dichos controles abarcan tanto los que se hagan en carretera como los que se desarrollen por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en las sedes de las empresas de transporte. En este último caso, los controles deben organizarse teniendo en cuenta la experiencia adquirida y los sistemas de clasificación de infracciones o de riesgo de las mismas, tanto españoles como de otros Estados miembro de la Unión Europea. Siempre se actuará a partir de los acuerdos vigentes de registro de empresas infractoras y los controles de tiempos de conducción y descanso.
De este modo, los controles que lleven a cabo la Inspección de Trabajo y Seguridad Social comprenderán necesariamente la duración completa de la jornada semana, el control de la duración media de los tiempos de trabajo semanal, pausas y trabajo nocturno y el control de los tiempos de trabajo que no sean de conducción del vehículo. La información que proporcione la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá el número de conductores controlados en la carretera, el número de controles en empresas, el número de jornadas de trabajo controladas y el número y tipo de infracciones registradas.