El próximo 2 de febrero entra en vigor la nueva normativa de conductores desplazados. Parte del Paquete de Movilidad aprobado en julio de 2020, este nuevo reglamento obliga a todas las empresas que realizan transporte internacional a su registro en la Plataforma Europea IMI, bajo gestión de la Comisión Europea. En el caso de España, unas 33.000 empresas que llevan a cabo servicios de transporte internacional pasarán de registrarse en las plataformas nacionales hasta ahora para utilizar este registro IMI.
La nueva normativa de conductores desplazados a toda empresa de transporte internacional con vehículos de más de 2,5 toneladas a registrar y usar la citada plataforma, siendo independiente el país de origen -Estado miembro o del Espacio Económico Europeo- y si este ha traspuesto o no la Directiva 1057/2020. Cada empresa debe crear una cuenta válida y volcar los datos relativos a la autorización de transporte, del vehículo y del conductor a las fechas de inicio y finalización del viaje, así como los datos referentes al gestor del transporte.
Una medida que junto a las nuevas reglas de cabotaje ataca de forma clara a las denominadas empresas buzón y a la competencia realizada por empresas deslocalizadas, sujetas de manera habitual a condiciones salariales más ventajosas. En este aspecto, la nueva regulación exige que los conductores que realicen operaciones de transporte internacional o de cabotaje perciban el salario mínimo del país en el que el transporte es efectuado, excluyendo de esta obligación a los trasportes en tránsito, así como a los transportes bilaterales.
De ahí que la obligatoriedad de registro de los servicios de transporte internacional en la citada plataforma IMI sea fundamental, ya que permite controlar de manera más efectiva la actividad que con las plataformas nacionales que habían impuesto países como Francia y Alemania y que quedarán derogadas a partir del 2 de febrero, toda vez que la plataforma IMI europea ya está en funcionamiento. Las declaraciones de desplazamiento tendrán una duración máxima de seis meses y podrán ser modificadas, canceladas y eventualmente renovadas.