La Dirección de Transit de Cataluña se ha mantenido inflexible a la hora de prohibir la normal circulación de camiones en parte del recorrido de las carreteras nacionales N-232, N240 y N-340, dibujando así un desvío obligatorio por la autopista AP-2 y AP-7 desde septiembre de 2018. Una situación que no va a cambiar con el levantamiento de los peajes que se produce hoy, 1 de septiembre de 2021. De hecho, el órgano gestor del tráfico catalán ha decidido ampliar en 20 kilómetros más el desafío obligatorio.
De hecho, el nuevo tramo de en las citadas vías y la obligatoriedad de circular por la AP-2 para camiones se aplicará a partir de ahora desde la salida sur de la ciudad de Lleida. Una decisión que desde FENADISMER se tilda de desproporcionada e ilógica, ya que el citado levantamiento de los peajes en esta vía provocará un trasvase importante de vehículos de carácter particular a la autopista. De hecho, la Federación considera que la Generalitat de Cataluña aprovecha la nueva situación como excusa para ampliar las restricciones a camiones.
De esta forma, el Servicio Catalán de Tránsito amplía el tramo de restricciones a la circulación de camiones en la N-240 en la provincia de Lleida que afecta a vehículos industriales de cuatro o más ejes y que va en consonancia con la que se mantienen en la N-232 y N-340 en Tarragona y Barcelona, obligando a que los vehículos pesados circulen por las ahora autovías AP-7 y AP-2. Una prohibición que se suma a las existentes en Girona desde 2013. Una medida que carece de lógica al haber un claro trasvase de tráfico a ambas vías al no haber ahora peajes.
Sea como fuere, desde el 1 de septiembre, los vehículos pesados de transporte de 4 o más ejes tienen prohibido rodar por la N-240 desde el kilómetro 87,4 (Lleida) hasta el kilómetro 36,5 (Montblanc). Un tramo que sobre el papel obliga a los transportistas usar la AP-2 desde la variante sur de la ciudad de Lleida y no desde Borges Blanques como hasta ahora. Quedan excluidos de esta prohibición los camiones cuyos servicios de transporte tengan origen o destino en un municipio incluido en el tramo de carretera restringido.