La normativa que define el transporte de animales vivos será modificada por un Real Decreto

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha abierto los cauces necesarios para la definición de un Real Decreto que defina las normas de sanidad y protección de los animales vivos durante su transporte por carretera. Este nuevo reglamento sustituirá a la normativa vigente actual y hará especial hincapié en mejorar el bienestar de los animales durante el proceso, garantizando la protección de los animales en todas las fases del mismo. Una medida que va en consonancia de los movimientos de la Unión Europea.

En este aspecto, cabe señalar que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha abierto un procedimiento de audiencia pública para la elaboración de este Real Decreto. Fruto de este movimiento, el Ministerio se asegura recabar la opinión de los ciudadanos y de los actores y organizaciones más representativos del sector. Un movimiento que atiende a la necesidad de introducir mejoras que garanticen la protección de los animales durante el transporte a tenor de los controles realizados por las Comunidades Autónomas y los servicios veterinarios de los puestos de control fronterizos.

Los cambios en la normativa del transporte de animales vivos irán en total consonancia con el nuevo marco reglamentario europeo en términos de controles oficiales, así como en torno a los nuevos requisitos que deben cumplir los transportistas que exporten animales vivos entre países de la Unión Europea. De hecho, el texto comunitario fija la obligatoriedad de registrar el transporte de animales vivos, así como de presentar un plan de contingencia para actuar en caso de imprevistos para asegurar el bienestar de los animales.

El texto que pretende adaptar el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación define varios aspectos relacionados con la documentación y plazos para el transporte de ganado en buques, tanto para la autorización como para la carga de los animales. Asimismo, se establecen una serie de requisitos específicos que deben cumplir los operadores que prestan servicios en puertos y aeropuertos para ser autorizados y registrados, como es el caso de disponer de una formación específica. Esta información se incluirá en la Base de Datos Nacional.

Fernando Sancho

Redactor especializado en movilidad, transporte de mercancías por carretera y las actividades anexas al sector.

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