El sector del transporte de mercancías por carretera se topó con la desagradable sorpresa de verse excluido del programa de ayudas del Plan Renove 2020. Sin aviso previo, los autónomos y empresas de transporte público de mercancías han visto como sus solicitudes han caído en saco roto, situación que ha generado una gran controversia dentro del sector. No obstante, el Ministerio de Industria no había excluido inicialmente al sector transporte de este programa de ayudas, tal y como ha desvelado FENADISMER.
Desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España arrojan un poco de luz sobre de postura del Ministerio de Industria, explicando que esta decisión fue tomada tras la aprobación por parte del Gobierno del Plan Renove 2020. De hecho, el propio Ministerio de Industria publicó al inicio del mes de julio una Guía de Ayuda con todas las preguntas frecuentes sobre el Plan Renove y en ningún apartado de la misma se establecía la exclusión de los autónomos ni de las empresas de transporte público de mercancías de las ayudas de hasta 4.000 euros a la adquisición de camiones y furgonetas.
Esta situación, que afecta a más 102.000 autónomos y empresa de transporte público del sector que operan en España, se traduce en miles de operaciones de compra de vehículos de transporte realizada durante los últimos meses que ahora se quedan fuera del Plan Renove 2020 cuando en principio no era así. Una decisión a mitad de partido inexplicable cuando en las 26 páginas de la citada Guía de Ayuda no sólo no se especifica esta exclusión, sino que incluso se especificaba los requisitos que debían cumplir las empresas.
La muestra del engaño es que mientras que en la guía original se podía leer «en el caso de que el solicitante sea una empresa, estas ayudas estarán sometidas al Régimen de Minimis. Las ayudas públicas concedidas a la empresa durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso no deberán superar los 200.000 euros», en la versión actual de la Guía de Ayuda se ha sustituido por «tampoco podrán concederse ayudas a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, si estas son destinadas para adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera».