Los últimos resultados del Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera revelan un ligero aumento de los plazos de pago durante el mes de julio de 2020. Según el estudio promovido por FENADISMER, los plazos de pago en el sector transporte se sitúan en 86 días de media, cifra que refleja una tendencia por la que este valor se mantiene por encima del que se registraba de forma habitual en los meses previos al estallido de la crisis económica derivada por la pandemia de COVID-19.
Con el plazo medio de pago de 86 días registrado en julio de 2020, un 65% de los clientes de los profesionales autónomos y compañías de transporte incumplen la Ley de Morosidad. Cabe recordar en este aspecto que la normativa vigente establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, periodo ampliable hasta un máximo de 60 días si así lo establecen ambas partes. Sin embargo, el plazo de pagos de medía ha alcanzado los 86 días en julio, por los 85 que se registraron en junio o los 78 en febrero, último mes pre COVID.
Si la tendencia en los plazos de pago es negativa, pocos cambios se registran en los que a los medios preferentes de pago se refiere. No obstante, el 44% de los clientes optan por el pago mediante confirming, mientras que un 42% de los mismos eligen realizar una transferencia. Como viene siendo ya costumbre dentro del sector transporte, el pagaré cada vez tiene menos adeptos y sólo un 14% de las transacciones se resuelven mediante esta vía. Menos del 1% de los clientes paga con un cheque.
A tenor de los plazos de pago que se están dando en España y del constante incumplimiento de la Ley de Morosidad en el sector transporte, se pone de manifiesto la necesidad de una profunda intervención del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Es clave que el organismo tramite una ley que establezca un duro y severo régimen sancionador para que los clientes paguen a los transportistas en tiempo y forma. No obstante, el 65% de los clientes, cargadores e intermediarios que incumplen la Ley de Morosidad serían sancionados si existiese una normativa adecuada al respecto.