El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha aclarado que los plazos de renovación y los vencimientos de los certificados asociados a los vehículos industriales quedan suspendidos si estos exigen la renovación durante el Estado de Alarma que vive España. Esta circunstancia se traduce en que los camiones podrán circular con total normalidad durante estos días a pesar de que no tener en regla algunos de los certificados o si alguno de ellos ha caducado.
La Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) ha elevado una consulta al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en relación a la imposibilidad de renovar algunos de los certificados de los vehículos de transporte como consecuencia del Estado de Alarma que hay decretado en España por la pandemia de COVID-19. En este aspecto, el organismo estatal ha confirmado que los plazos de los certificados de los vehículos de transporte quedan suspendidos como consecuencia de la particular situación que atraviesa el país.
De esta forma, los vehículos transporte podrán circular con total normalidad en España pese a no tener certificados como la ITV, el carnet ADR o la inspección ATP en regla. Cabe señalar que esta excepcionalidad sólo tiene validez en territorio nacional, si bien el gobierno de España está trabajando con la Unión Europea para extender esta condición a todos los países miembro. Por el momento, se recomienda que los vehículos de transporte que tienen algún certificado caducado no salgan de España.
La obligatoriedad de pasar todas y cada una de las inspecciones técnicas prescritas en la normativa está suspendida de forma excepcional según la disposición adicional del Real Decreto 463/2020 emitido el 14 de marzo, dentro de las actividades que se han visto alteradas por el Estado de Alarma decretado por el Gobierno de España ante la crisis sanitaria ocasionada por el virus COVID-19. Por ende, será el propio Ejecutivo el que determine los plazos volver a activar la renovación de los certificados y la entrada en vigencia, de nuevo, de los mismos.