Cambio en el Reglamento General de Conductores – Orden PRA/375/2018

En el Boletín Oficial del Estado se ha publicado la Orden PRA/375/2018, de 11 de abril, por la que se modifica el anexo IV del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo. Esta orden modifica y adapta la anterior normativa española a la europea sobre posibles enfermedades del conductor.

La orden ministerial que modifica los requisitos de los conductores se basa en conocimientos científicos sobre afecciones como las enfermedades cardiovasculares y sobre el tratamiento de la hipoglucemia y además para reformar la regulación de los tratamientos oncológicos, al objeto de actualizar los requisitos de aptitud psicofísica exigidos.

A grandes rasgos, en el supuesto de que el conductor sufra algún tipo de enfermedad cardiovascular ahora se distinguen 3 grados,  según la fatiga, las palpitaciones, disnea o dolor anginoso y que pueden afectar a las condiciones de la conducción. En esta orden también se estipula la normativa sobre la renovación o la obtención de los distintos tipos de carnet según ciertas patologías.

El anexo IV «Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción», del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, queda modificado y puedes consultarlo en el siguiente enlace.

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